Este miércoles 3 de abril arranca la Campaña de la Declaración de la Renta de 2023, una fecha clave para la mayoría de trabajadores que residen en España. ¿Pero qué es exactamente este trámite y cómo tributan tus inversiones?
Este miércoles 3 de abril arranca la Campaña de la Declaración de la Renta de 2023, una fecha clave para la mayoría de trabajadores que residen en España. Hasta el próximo mes de julio, los contribuyentes que hayan percibido unos ingresos de más de 22.000 euros, o 15.000 en el caso de haber contado con más de un pagador, deberán presentar su Declaración del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) para regularizar su situación fiscal ante Hacienda, pero ¿qué es exactamente la Declaración de la Renta y cómo se puede presentar? En este artículo, revelamos las claves de este famoso documento y abordamos cómo tributar inversiones en la Declaración de este 2024.
¿Qué es la Declaración de la Renta?
La Declaración de la Renta es un trámite anual por el que los ciudadanos que residen fiscalmente en España regularizan su situación fiscal ante la Agencia Tributaria. Este trámite es obligatorio para los residentes fiscales en España que hayan obtenido rentas superiores a un importe determinado (generalmente, de más de 22.000 euros en caso de haber percibido los ingresos de un solo pagador o de 15.000 euros, si se han tenido dos o más pagadores), y sirve para calcular la liquidación del IRPF del último ejercicio fiscal. En él deben incluirse todas las rentas que se hayan percibido a lo largo del último año, lo que incluye no solo los rendimientos del trabajo o salario, sino también el capital mobiliario e inmobiliario, las ganancias y pérdidas patrimoniales, las imputaciones de renta establecidas por la ley o los rendimientos derivados del ejercicio de actividades económicas.
En función de las rentas obtenidas a lo largo del año, los contribuyentes tendrán que abonar unos impuestos determinados, los cuales se dividen en seis tramos. Estos tramos son de carácter progresivo: aquellos que hayan percibido menos ingresos pagarán un menor porcentaje de impuestos, y viceversa. Desde 2022, los tramos impositivos que se aplican en la Declaración de la Renta son:
- Hasta 12.450 euros, se aplica un tipo impositivo del 19%.
- Entre 12.450 y 20.199 euros, se aplica un tipo impositivo del 24%.
- Entre 20.2000 y 35.199 euros, se aplica un tipo impositivo del 30%.
- Entre 35.200 y 59.999 euros, se aplica un tipo impositivo del 37%.
- Entre 60.000 y 299.999 euros, se aplica un tipo impositivo del 45%.
- Más de 300.000 euros, se aplica un tipo impositivo del 47%.
¿Cuándo es obligatorio hacer la Declaración de la Renta?
Aunque se suele pensar que la Declaración de la Renta es un trámite obligatorio para todos los usuarios, la realidad es que solo aquellos contribuyentes que cumplen con determinados requisitos tienen la obligación de presentarla. En concreto, estos son los condicionantes que obligan a los trabajadores a rendir cuentas con la Agencia Tributaria:
- El salario anual recibido por un solo pagador supera los 22.000 euros.
- La suma de lo recibido por varios pagadores es superior a 15.000 euros.
- Si se ha cobrado el ingreso mínimo vital.
- Las personas que han recibido ingresos patrimoniales o de rendimientos de capital mobiliario de más de 1.600 euros anuales.
- Titulares de bienes inmuebles de uso propio distinto de la vivienda habitual cuyas rentas imputadas sean superiores a 1.000 euros anuales.
- Los titulares de inmuebles arrendados (pisos, locales, plazas de garaje), cuyos rendimientos totales, excedan de 1.000 euros anuales.
- En el caso de ser autónomo, independientemente de cualquiera de estos puntos, existe la obligación de hacer la declaración de la renta, sin importar los ingresos.
¿Cómo se puede presentar la Declaración de la Renta?
La Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes distintas formas de presentar su declaración. Atendiendo al canal por el que el Estado recibirá este documento, se pueden identificar cuatro modalidades distintas:
- Por internet, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT). En este caso, los usuarios deberán acceder al servicio de tramitación del borrador/declaración e identificarse con su certificado digital o DNI electrónico, con su Clave PIN o, en caso de no disponer de ninguno de estos documentos, con un número de referencia que la AEAT facilitará una vez se le hayan comunicado ciertos datos del documento de identidad.
- Presencialmente, en cualquier Delegación o Administración de la AEAT. En este caso, los contribuyentes deberán solicitar una cita previa, que, en la Campaña de 2023, podrán pedir a partir del próximo 29 de mayo. El plazo de presentación del documento, por su parte, será del 3 de junio al 1 de julio.
- Por teléfono, gracias al Plan "Le Llamamos". Al igual que ocurre con la modalidad presencial, en este caso los usuarios también tendrán que solicitar una cita previa, la cual podrán pedir a partir del próximo 29 de abril. El plazo de presentación del documento, por su parte, será del 7 de mayo al 1 de julio.
- Si los contribuyentes no tienen que modificar o incluir ningún dato adicional en su borrador de la Declaración de la Renta, también podrán presentar el documento a través de la aplicación "Agencia Tributaria".
Declaración de la Renta conjunta: una alternativa para los núcleos familiares
Aunque lo habitual es que los trabajadores presenten su Declaración de la Renta de forma individual, la Agencia Tributaria también ofrece la opción de presentar este documento de forma conjunta, siempre y cuando las personas interesadas formen parte de la misma unidad familiar.
En concreto, se entenderá como unidad familiar a aquellas personas que tengan un vínculo matrimonial y, en caso de que hubiera, a sus hijos menores o mayores incapacitados judicialmente. En el caso de las parejas de hecho que carezcan de este vínculo, solo podrá acogerse a esta modalidad uno de sus miembros, con sus descendientes correspondientes.
En los supuestos en los que la pareja se haya separado o divorciado, la declaración conjunta sólo será accesible para el progenitor que tenga la custodia de sus hijos. Si la custodia es compartida, no obstante, cualquiera de los dos progenitores podrá acceder a esta modalidad, aunque solo uno de ellos podrá ejecutarla, quedando el restante obligado a declarar de forma individual.
A la hora de optar por la modalidad conjunta, los contribuyentes deberán tener en cuenta que las rentas obtenidas por la totalidad de la unidad familiar se someterán al gravamen de manera acumulada. La obligación de declarar, en estos casos, estará regida por las mismas reglas de tributación que en la modalidad individual, por lo que, independientemente de los miembros de la unidad familiar, no se elevarán o multiplicarán los importes o límites.
No obstante, sí se establece una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales para las unidades familiares con un vínculo matrimonial y con hijos menores o mayores incapacitados que convivan juntos, y de 2.150 euros anuales para las unidades monoparentales con hijos menores o mayores incapacitados que convivan juntos.
Pasos para hacer la Declaración de la Renta 2023 en Renta Web
Para facilitar la confección de este documento y su presentación, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) pone a disposición de los contribuyentes el servicio Renta Web, una aplicación desde la que los usuarios pueden obtener el borrador de su declaración, modificarlo y validarlo.
Si estás pensando en presentar tu Declaración de la Renta 2023 por esta vía, te explicamos los pasos que debes de seguir para cumplimentar este trámite:
- Entra en la web de la AEAT y solicita el borrador de la declaración.
- Elige hacer la declaración de manera individual o conjunta.
- Consulta, confirma o modifica los siguientes datos: datos personales, rentas percibidas en 2023, gastos deducibles.
- Una vez hayas completado estos pasos, el programa calculará la base imponible y las reducciones que recoge la Ley del IRPF.
- Tras esto, podrás consultar el resultado de la declaración. Si la cifra es negativa, estás de enhorabuena: Hacienda te tiene que devolver. En cambio, si la cifra es positiva, tendrás que pagar a Hacienda.
- Finalmente, solo queda confirmar los datos bancarios y validar la Declaración.
¿Hasta cuándo se puede presentar el borrador de la Declaración de la Renta 2023?
El borrador de la declaración de la Renta podrá presentarse durante los próximos meses, aunque no podrá hacerse para siempre. Según el calendario, el próximo 1 de julio será el último día para presentar el borrador de la Renta en cualquiera de sus formatos, aunque los que quieran hacerlo de forma presencial y telefónica tendrán que haber solicitado cita previa en los días anteriores. Con esta información, podemos establecer el siguiente calendario:
- Del 3 de abril al 1 de julio: los usuarios podrán presentar su Declaración de la Renta 2023 por internet.
- Del 7 de mayo al 1 de julio: los usuarios podrán presentar su Declaración de la Renta 2023 por teléfono. El plazo para solicitar cita previa, en este caso, irá del 29 de abril al 28 de junio.
- Del 3 de junio al 1 de julio: los usuarios podrán presentar su Declaración de la Renta 2023 de manera presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria. El plazo para solicitar cita previa en este caso, irá del 29 de mayo al 28 de junio.
Por otro lado, si la Declaración es positiva y los usuarios eligen ingresar el importe correspondiente vía domiciliación en cuenta, el plazo se reduce al 26 de junio.
¿Cómo tributar las inversiones en la Declaración de la Renta?
La mayoría de las inversiones (salvo los planes de pensiones) se declaran en la base imponible del ahorro, que aplica un tipo impositivo (el porcentaje de impuestos que pagas) que variará en función de cuánto dinero hayamos ganado sobre el total de las posiciones cerradas. Por tanto, aquellas inversiones que tengamos en cartera y que ofrezcan un beneficio o pérdida latente no computarán en este cálculo.
Sobre el resultado final se aplicarán los siguientes tipos del ahorro:
- Ganancias hasta 6.000 €: 19%
- Ganancias entre 6.000 y 50.000 €: 21%
- Ganancias entre 50.000 y 200.000 €: 23%
- Ganancias entre 200.000 y 300.000 €: 27%
- Ganancias superiores a 300.000 euros: 28%
El importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales será la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
El valor de adquisición, según la norma general, estará compuesto por la suma de dos conceptos:
- El importe real por el que la adquisición se hubiera efectuado.
- Los gastos y tributos inherentes a la adquisición, con excepción de los intereses, que hubieran sido satisfechos por el adquirente.
Por su parte, el valor de transmisión será el importe real por el que se hubiera efectuado la venta. De este valor, además, se deducirán los gastos y tributos inherentes a la transmisión, en cuanto sean satisfechos por el transmitente.
A la hora de tributar inversiones en la Declaración de la Renta, también es necesario tener en cuenta la excepción respecto del cómputo de pérdidas patrimoniales que recoge el artículo 33.5 f) y g) respecto de aquellas originadas por la venta de valores cuando haya habido una compra dentro de los dos meses o un año anteriores o posteriores a la fecha de transmisión.
¿Cómo declarar dividendos?
En el caso de que se quieran declarar dividendos, los inversores deberán tener en cuenta que estos tributan en la base de ahorro, ya sea como rendimientos de capital mobiliario o como ganancias y pérdidas patrimoniales. A la hora de declarar estas inversiones, los baremos de tributación que se aplicarán serán los mismos que los que se aplican al resto de inversiones.
De cara a presentar su Declaración de la Renta 2023 y tributar inversiones, además, es importante que los contribuyentes revisen la compensación de pérdidas y ganancias de ejercicios anteriores a 2023. Algunos recursos que pueden ser de ayuda de cara a presentar este documento son el Manual Práctico de la Agencia Tributaria y su asistente virtual.
En XTB, emitimos un informe fiscal que remitimos a Hacienda para facilitar a nuestros usuarios que cumplan con sus obligaciones tributarias. Estos informes incluyen toda la información necesaria para realizar la Declaración de la Renta de forma efectiva y contienen todas las operaciones realizadas por los usuarios, con sus correspondientes resultados.
La información remitida a Hacienda puede consultarse en el rincón del cliente personal que tiene cada uno de nuestros usuarios, al cual pueden acceder desde nuestra plataforma de inversión, xStation. Allí, podrán encontrar un informe detallado con todas las inversiones que han realizado a lo largo del tiempo, lo que les permitirá no solo hacer un seguimiento de sus operaciones, pérdidas y beneficios, sino también facilitar sus obligaciones fiscales.
En caso de duda, además, nuestros usuarios podrán contactar con nuestros servicios de atención al cliente. No obstante, a la hora de cumplimentar sus obligaciones con la Agencia Tributaria, recomendamos que busquen asesoramiento de profesionales especializados en fiscalidad que puedan ayudarles a realizar su Declaración.
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